En esta categoría entran todos los gastos de la actividad que no siguen una norma específica o no se adaptan a los grupos antes mencionados (gastos de gestoría, compra de materiales, etc).
En tal caso, además de seguir la norma general, cabe destacar dos detalles:
En caso de recibir una factura con retención por servicios de otros profesionales, habrá que tener en cuenta que la cuantía de dicha retención se presentará e ingresará trimestralmente en el modelo 111, amén de presentarla en el resumen de operaciones del modelo 190.
En caso de las facturas por el alquiler de un local donde se ejerza la actividad, la retención aplicada se presenta e ingresa trimestralmente mediante el modelo 115, y anualmente se presenta en el resumen del modelo 180.