¿Qué es el Modelo 415?
El Modelo 415 es una declaración informativa que deben presentar los empresarios y profesionales que operan en Canarias, similar al Modelo 347 en la península. Ambos modelos se utilizan para informar sobre las operaciones con terceros que superen los 3.005,06 € anuales. Se presentan anualmente, entre el 1 y el 28 de febrero, y se incluyen las transacciones realizadas con clientes y proveedores. La presentación de ambos modelos se realiza de manera telemática, uno a través de la Agencia Tributaria Canaria (Modelo 415) y el otro a través de la Agencia Tributaria (Modelo 347).
¿Quién está obligado a presentar el Modelo 415?
Están obligados a presentar el Modelo 415 todos aquellos autónomos que hayan realizado operaciones con terceros que superen los 3.005,06 euros en Canarias sujetas a IGIC. Esto incluye tanto la venta de bienes como la prestación de servicios dentro del ámbito territorial de las Islas Canarias.
¿Qué se declara en el Modelo 415?
En el Modelo 415 se deben declarar todas las operaciones con terceros cuyo importe supere los 3.005,06 euros. Estas operaciones incluyen compras, ventas y subvenciones, entre otras. Para diferenciar cada tipo de operación, se les asigna una clave específica.
¿Cuál es el plazo de la presentación?
La presentación de la Declaración anual de operaciones económicas con terceras personas, Modelo 415, se podrá realizar hasta el último día del mes de febrero de cada año (o hábil inmediatamente posterior si ese día fuera festivo), en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior.
¿Qué información debo incluir en el Modelo 415?
En el Modelo 415 se debe incluir:
- Ventas
- Compras
- Pagos por mediación
- Compras realizadas por entidades públicas al margen de cualquier actividad empresarial o profesional
- Subvenciones
- Ventas agencias de viaje
- Compras agencias de viaje
Se hará constar el importe total individualizado de las operaciones realizadas con cada persona o Entidad durante el año natural al que la declaración se refiera. Tratándose de operaciones sujetas y no exentas del I.G.I.C. se consignará el importe de la contraprestación incluyendo las cuotas soportadas o repercutidas en ese concepto.
¿Cómo se presenta el Modelo 415?
El Modelo 415 se presenta de manera telemática a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria (ATC). Para ello, es necesario contar con un certificado digital y acceso a la plataforma de la ATC.
¿Qué debo hacer si no he presentado el Modelo 415 durante el año?
Si no has presentado el Modelo 415 en el plazo correspondiente, es importante que regularices la situación lo antes posible. En caso de duda, te recomendamos que contactes con ayuda@xolo.io y te detallaremos los pasos a seguir para que cumplas con tus obligaciones fiscales.