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¿Qué es el Régimen Especial de Pequeños Empresarios y Profesionales (REPEP)?

Última actualización: January 15, 2025

El REPEP es un régimen especial aplicable en Canarias diseñado para simplificar las obligaciones fiscales de autónomos cuyos ingresos no superen los 30.000 € anuales. Es especialmente útil para pequeños empresarios o profesionales con facturación reducida.

Ventajas del REPEP:

  • Exoneración de presentar el IGIC: No tendrás que presentar los modelos trimestrales del 420 solamente el modelo 425 (anual).
  • Facturación sin IGIC: No se incluye IGIC en las facturas emitidas.
  • Simplificación de trámites: Menor carga administrativa en comparación con el régimen general del IGIC.

Obligaciones fiscales:

  • Inscribirse en el REPEP mediante la Agencia Tributaria Canaria (ATC).
  • Indicar explícitamente en tus facturas que operas bajo el REPEP con la mención: "Operación sujeta al REPEP según lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4/2012 del IGIC".

¿Puedo deducir IGIC si estoy en el REPEP?
No, al estar exento de repercutir IGIC en tus facturas, tampoco puedes deducir el IGIC soportado en tus gastos.

Límites:
Si tus ingresos superan los 30.000 € anuales, deberás darte de baja en el REPEP y pasar al régimen general del IGIC.

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